- >Vivir en los municipios: Funza, Mosquera, Madrid, Facatativá, Zipacón o Bojacá desde
el 01 de enero de 2012 hasta el 31 de diciembre de 2014 (los tres años continuos y
completos), y continuar viviendo en la actualidad en alguno de ellos como propietario,
arrendatario o bajo amparo familiar.
- >Los nuevos residentes de los municipios mencionados no están contemplados como
beneficiarios de la tarifa especial, por lo cual agradecemos a los usuarios de la vía que
no cumplan con el requisito mencionado, no agendar una cita para obtener dicha
tarifa por cuanto la solicitud será negada.
Lo anterior se encuentra definido en el Artículo 3º de la Resolución 20243040012535
de 27 de marzo de 2024, emitida por el Ministerio de Transporte, referente a los
requisitos, procedimiento y reglamento para la obtención de la Tarifa Especial.